Construyendo tu empresa: elección de la forma jurídica en 4 casos
Esta información está sacada de la fuente: Emprendedores Lugo
1º Paso si no te quieres complicar la vida y tu vas a ser tu propio jefe:
Puedes llegar a convertirte en un empresario individual. En este caso no necesitas tener un mínimo de dinero. Una ventaja importante es que los tramites de puesta e marcha son muy fáciles, tanto que se pueden realizar en un día, básicamente son estos:
-El alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores ante la Agencia Tributaria.
-Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en la Seguridad Social.
-La licencia de actividades económicas en tu ayuntamiento.
Una cosa a tener en cuenta es que a nivel fiscal tributaras por el IRPF.
A parte de ser un empresario individual también puedes ser un emprendedor de responsabilidad limitada, la principal diferencia es que tienes ciertas limitaciones en el tema de la responsabilidad
2º Si quieres trabajar tu solo pero en una sociedad o prefieres trabajar con más personas:
La construcción y puesta en marcha de esta es un poco mas complicado que en el caso anterior, pero tampoco pienses que es una mala idea, hay varias vías:
-Una Sociedad de Responsabilidad Limitada: esta es la más utilizada en nuestro entorno, el capital se obtiene de las aportaciones de los socios. El capital mínimo sería de 3.000 € los socios no pueden responder con objetos personales a una deuda.
Para su constitución se requiere:
*Certificación negativa del nombre de la sociedad ante el Registro Mercantil.
*Solicitud del número de identificación fiscal en la agencia tributaria. *Formalizar la constitución ante notario en escritura pública.
*Trámites oportunos ante la Agencia Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social.
-Una Sociedad Limitada de Formación Sucesiva: Muy similar a la anterior con la diferencia que no se necesita capital mínimo por lo que hay ciertas obligaciones.
-Una Sociedad Limitada Nueva Empresa: esta es muy similar a la anterior mencionada, la diferencia es la denominación social, al límite de socios (5) y al máximo capital social (120.000 €)
-Una Sociedad Anónima: Capital mínimo de 60.000 € dividido en acciones las cuales no responden personalmente a las deudas sociales.
3º ¿Sois más de 2 emprendedores los que vais a montar una empresa? Entonces:
Optareis por una comunidad de bienes cuando la propiedad o un derecho pertenece proindiviso a varias personas. Es la formación más sencilla entre asociaciones de autónomos.
O por una sociedad civil, que es muy similar a la anterior aunque en este caso se trata de un contrato de colaboración por el cual 2 o más personas se obligan a poner el común bienes o dinero, trabajo o industria.
4º Si sois al menos 3 emprendedores hay más opciones como:
-Sociedad Anónima laboral
3º ¿Sois más de 2 emprendedores los que vais a montar una empresa? Entonces:
Optareis por una comunidad de bienes cuando la propiedad o un derecho pertenece proindiviso a varias personas. Es la formación más sencilla entre asociaciones de autónomos.
O por una sociedad civil, que es muy similar a la anterior aunque en este caso se trata de un contrato de colaboración por el cual 2 o más personas se obligan a poner el común bienes o dinero, trabajo o industria.
4º Si sois al menos 3 emprendedores hay más opciones como:
-Sociedad Anónima laboral
-Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral
En estas la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos en forma personal y directa. Ambas cuentan con las mismas diferencias que la Sociedad Anónima y la de Responsabilidad Limitada, vistas más anteriormente.
También puedes constituir una Sociedad Cooperativa de primer grado con un mínimo de 3 socios o de segundo grado constituida por 2 cooperativas.
Se trata de sociedades constituidas por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria.
El vídeo está en la imagen.
En estas la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos en forma personal y directa. Ambas cuentan con las mismas diferencias que la Sociedad Anónima y la de Responsabilidad Limitada, vistas más anteriormente.
También puedes constituir una Sociedad Cooperativa de primer grado con un mínimo de 3 socios o de segundo grado constituida por 2 cooperativas.
Se trata de sociedades constituidas por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria.
El vídeo está en la imagen.
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